CORENOSA en defensa de la Constitución Nacional y las leyes nacionales y provinciales

En virtud de la reunión realizada el día 31/10/2020, CORENOSA y las instituciones que representa, confirman su convicción de defender el cumplimiento de la Constitución Nacional y las leyes nacionales y provinciales.

Artículo 17 de la Constitución Nacional Argentina

La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley.

La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada.

Sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el art. 4°. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley.

La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal Argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie.

En el contexto actual de incertidumbre constante, instamos a nuestras autoridades locales, regionales, provinciales y nacionales, a expresarse públicamente ante los últimos sucesos en pos de velar por el pleno estado de derecho, la absoluta vigencia de las garantías constitucionales, el cumplimiento de la ley sin excepciones y la preservación de las instituciones como interlocutores válidos entre el Estado y la sociedad toda; a fin de promover el bienestar social, generar la confianza y estabilidad jurídica necesarias para el desarrollo económico y productivo del país, alentando la inversión como fuente genuina de ingreso y generadora de puestos de trabajo, apostando en todo momento y circunstancia al progreso de la Nación.

Notifíquese.

 

Consejo Regional Económico del Norte Santafesino (CORENOSA)